Subvenciones energías renovables Aragón 2019. (FEDER)

Published On: 25/03/2019-3,1 min read-

Ahorra hasta el 70% de tu instalación solar híbrida.

Subvenciones energías renovables Aragón 2019. (FEDER)

En la comunidad de Aragón se destinan 4,8 millones a ayudas para energías renovables. Por primera vez, se ha incluido como subvencionable los paneles solares híbridos con los que puedes generar tanto agua caliente como electricidad en un mismo panel.

¿Quién puede acceder a la subvención?

Podrán acceder los autónomos y empresas privadas, las corporaciones locales, las instituciones o entidades sin ánimo de lucro, las comunidades de propietarios y los particulares.

¿Cuál es el periodo subvencionable?

El período subvencionable comienza el 1 de enero de 2019 y se extiende hasta el 5 de noviembre de 2019.
Las actuaciones no podrán recibir ayudas si han concluido materialmente o se han ejecutado íntegramente antes de que el beneficiario presente la solicitud de ayuda correspondiente a la presente convocatoria.

¿Cuánto me van a subvencionar?

La cuantía total prevista para esta convocatoria es de 4.831.793 euros
Empresas privadas y autónomos 1.118.308,50€
Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención a otorgar será:

a) Cuando el beneficiario sea una institución o entidad sin ánimo de lucro, comunidad de propietarios o particular: hasta un máximo del 40 % del coste subvencionable de la inversión.

b) Cuando el beneficiario sea una empresa privada o autónomo: hasta un máximo del 50 % del coste subvencionable de la inversión.

c) Cuando el beneficiario sea una corporación local: hasta un máximo del 70 % del coste subvencionable de la inversión.
El porcentaje de subvención se determinará de acuerdo con las solicitudes y características de los proyectos presentados.

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¿Cuáles son los costes subvencionables?

Se consideran costes subvencionables los que se especifican a continuación:
Para actuaciones en solar fotovoltaica y, en su caso, solar térmica mediante paneles solares híbridos:

1.- Generadores. Compuesto por los módulos fotovoltaicos, elementos de interconexión, etc.

2. Acumuladores. Compuesto por las baterías, los reguladores, elementos de interconexión y cableado, indicadores del nivel de baterías, etc.

3. Acondicionamiento de energía. Compuesto por los inversores, cuadros eléctricos, interruptores y protecciones, cableados, etc.

4. Motorización. Compuesta por los sensores, sistemas de adquisición de datos, sistemas de comunicación remota, etc.

5. Tendidos eléctricos. En el supuesto de tendido de la red de distribución de electrificación rural hasta los puntos de suministro.

6. Obra civil. En la que se incluyen excavaciones, cimentaciones, zanjas, tuberías, edificios, etc, siempre que estén relacionados con el componente energético del proyecto.

7. Ingeniería y dirección de obra.

8. Si la totalidad o parte de la producción de electricidad se realiza mediante paneles solares híbridos, también se consideran gastos subvencionables los correspondientes a la instalación solar térmica, indicados en el apartado c).

¿Qué plazo tengo para presentar las solicitudes?

El plazo para presentar las solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Orden de convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”. 22/04/2019
La instalación debe de estar terminada antes del 5 de Noviembre.

¿Cuándo se resolverán las solicitudes de ayuda?

Las solicitudes de ayuda se resolverán por Orden de la Consejera de Economía, Industria y Empleo en el plazo máximo de seis meses, contados desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”. 22/09/2019

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