Financia el 100% de tu instalación solar híbrida.
En Abora siempre buscamos la mejor solución para que los ahorros sean superior a la cuota de financiación.
Actualmente en España puedes beneficiarte de las siguientes subvenciones
- IBI: Bonificación del 50% sobre el impuesto durante tres años tras la instalación de sistemas solares.
- ICIO: Bonificación del 95% en el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras para proyectos que incluyan instalaciones solares.
-
Objetivo: Incentivar la instalación de sistemas de aprovechamiento de energía solar térmica o fotovoltaica mediante bonificaciones fiscales.
-
Actuaciones subvencionables:
- Instalación de paneles solares térmicos o fotovoltaicos en edificios existentes.
- Implantación de sistemas híbridos que combinen generación de electricidad y calor.
- Instalaciones de autoconsumo con energía solar.
-
Requisitos:
- La instalación debe ser voluntaria (no obligatoria por normativa).
- Debe estar legalizada en el Registro de Autoconsumo de Cataluña (RAC) o en el Registro de Instalaciones Productoras en Régimen Especial (RIPRE).
- Justificación del pago del ICIO y de la inversión realizada.
- La bonificación del IBI no se aplicará a inmuebles que ya disfruten de otra bonificación fiscal por la misma instalación.
- IBI: Bonificación del 50% sobre el impuesto durante tres años tras la instalación de sistemas solares.
- ICIO: Bonificación del 95% en el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras para proyectos que incluyan instalaciones solares.
-
Objetivo: Incentivar la instalación de sistemas de aprovechamiento de energía solar térmica o fotovoltaica mediante bonificaciones fiscales.
-
Actuaciones subvencionables:
- Instalación de paneles solares térmicos o fotovoltaicos en edificios existentes.
- Implantación de sistemas híbridos que combinen generación de electricidad y calor.
- Instalaciones de autoconsumo con energía solar.
-
Requisitos:
- La instalación debe ser voluntaria (no obligatoria por normativa).
- Debe estar legalizada en el Registro de Autoconsumo de Cataluña (RAC) o en el Registro de Instalaciones Productoras en Régimen Especial (RIPRE).
- Justificación del pago del ICIO y de la inversión realizada.
- La bonificación del IBI no se aplicará a inmuebles que ya disfruten de otra bonificación fiscal por la misma instalación.
- IBI: Bonificación del 50% sobre el impuesto durante tres años tras la instalación de sistemas solares.
- ICIO: Bonificación del 95% en el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras para proyectos que incluyan instalaciones solares.
-
Objetivo: Incentivar la instalación de sistemas de aprovechamiento de energía solar térmica o fotovoltaica mediante bonificaciones fiscales.
-
Actuaciones subvencionables:
- Instalación de paneles solares térmicos o fotovoltaicos en edificios existentes.
- Implantación de sistemas híbridos que combinen generación de electricidad y calor.
- Instalaciones de autoconsumo con energía solar.
-
Requisitos:
- La instalación debe ser voluntaria (no obligatoria por normativa).
- Debe estar legalizada en el Registro de Autoconsumo de Cataluña (RAC) o en el Registro de Instalaciones Productoras en Régimen Especial (RIPRE).
- Justificación del pago del ICIO y de la inversión realizada.
- La bonificación del IBI no se aplicará a inmuebles que ya disfruten de otra bonificación fiscal por la misma instalación.
- IBI: Bonificación del 50% sobre el impuesto durante tres años tras la instalación de sistemas solares.
- ICIO: Bonificación del 95% en el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras para proyectos que incluyan instalaciones solares.
-
Objetivo: Incentivar la instalación de sistemas de aprovechamiento de energía solar térmica o fotovoltaica mediante bonificaciones fiscales.
-
Actuaciones subvencionables:
- Instalación de paneles solares térmicos o fotovoltaicos en edificios existentes.
- Implantación de sistemas híbridos que combinen generación de electricidad y calor.
- Instalaciones de autoconsumo con energía solar.
-
Requisitos:
- La instalación debe ser voluntaria (no obligatoria por normativa).
- Debe estar legalizada en el Registro de Autoconsumo de Cataluña (RAC) o en el Registro de Instalaciones Productoras en Régimen Especial (RIPRE).
- Justificación del pago del ICIO y de la inversión realizada.
- La bonificación del IBI no se aplicará a inmuebles que ya disfruten de otra bonificación fiscal por la misma instalación.
Certificados de Ahorros Energeticos
Los paneles solares híbridos son los únicos fotovoltaicos que generan CAEs.
El importe de las CAEs supone actualmente un 40% del coste de nuestro panel solar híbrido.
Partners financieros
Nuestros Partners Financieros (bancos tradicionales, empresas de servicios energéticos, fondos de inversión o crowfunding) se adaptan siempre a las necesidades de nuestros clientes para que no tengan que hacer ningún aportación.
Instálate nuestros paneles pagándolos en cómodos plazos. Pide tu estudio primero y después solicita financiación al pagar.
Subvenciones
Con nuestro panel híbrido puedes financiar tu instalación con subvenciones nacionales, autonómicas o locales, ya que es a la vez un térmico y un fotovoltaico te abre mucha más posibilidades.
- Ver subvenciones nacionales: IDAE
- Ver subvenciones autonómicas: Ir a la pagina web del gobierno de su comunidad
- Ver subvenciones locales: Informarse sobre la bonificación del IBI en su ayuntamiento
My Hybrid Project
Usa nuestro simulador para ver tu instalación solar híbrida y conoce todas sus ventajas.

Descubre nuestras instalaciones
paneles
kgCO2/año evitadas
paneles
kgCO2/año evitadas
paneles
kgCO2/año evitadas
paneles
kgCO2/año evitadas
paneles
kgCO2/año evitadas
paneles
kgCO2/año evitadas
paneles
kgCO2/año evitadas
paneles
kgCO2/año evitadas
paneles
kgCO2/año evitadas
paneles
kgCO2/año evitadas
paneles
kgCO2/año evitadas
paneles
kgCO2/año evitadas
paneles
kgCO2/año evitadas
paneles
kgCO2/año evitadas